El proper dia 20 de maig s'iniciaran les sessions de la vista del judici oral als senyors Joan UNIÓ GARCIA, Xavier CREUS AROLAS i Jordi BASCOMPTE RIQUELME, per un presumpte delicte d'infidelitat en la custòdia de document. Serà el dia 20 de maig a les 9,30 h. a la Audiència Provincial de Girona, i davant "jurat popular". Es preveu que s'allargi durant quatre dies i la vista serà pública.

AUDIENCIA PROVINCIAL SECCION TERCERA (PENAL) GIRONA

APELACION PENAL ROLLO N° 710101

  PROCEDIMIENTO ANTE EL TRIBUNAL DEL d URADO N° 1/2000 JUZGADO DE INSTRUCCION N° 1 DE BLANES

  AUTO N° 275/2001

limos. Sres..­

  PRESIDENTE: D. JOAQUIN FERNANDEZ FONT

MAGISTRADOS: D. ADOLFO GARCIA MORALES

D. HERNAN HORMAZABAL MALARÉE

  En Girona a veintitrés de julio de dos mil uno.

  .. Así las cosas, un hecho acreditado e innegable porque ha sido reconocido así por todas las partes intervinientes, es que formalizado el atestado objeto de la presunta ocultación en la madrugada del domingo día 9-2-97 por unos hechos acaecidos en las últimas horas del sábado día 8-2-97, el mismo no tiene entrada en el Juzgado hasta el día 7-3-97, casi un mes después, no por el envio voluntario desde la administración al juzgado de Guardia, sino por el expreso requerimiento que a tal efecto realizó el Juzgado de Primera Instancia Instrucción n° 1 de Blanes con fecha 4-3-97, ...

  ... Pues bien, en casi un mes de disponibilidad policial ninguna diligencia se ha practicado, y, si se hubiera deseado, existían varias para hacer, como son, tanto la declaración como denunciado del concejal, al igual que se hace en otros atestados ¡incoados por hechos constitutivos de falta,

  ...existe en autos una carta en la que el Director General de Seguridad Ciudadana informa al Alcalde Blanes de lo sucedido y le solicita que desde ambas partes se debería hacer un gesto para superar el incidente y establecer las mutuas buenas relaciones. En primer lugar hemos de dejar constancia que existen grandes dudas sobre las fechas en las que fue enviada tal carta, pues pese a que la misma tiene registro de salida de 75-2-97, folio 170, no ingresa en la recepción municipal hasta el 9-4-97, prácticamente un mes y medio después, lo que implica una triple posibilidad, bien que la carta no salió cuando se dice, bien que no llego cuando e certifica, o bien que el servicio postal cumplió con gran deficiencia su cometido. Y, en segundo lugar, también debemos dejar constancia también de nuestra perplejidad porque tal misiva no es, ni de lejos, una actuación policial propia de la confección de una diligencia ampliatorio de un atestado, como interesadamente se la pretende hacer pasar,...

  ...Por todo lo expuesto contamos con elementos objetivos suficientes para materializar la ocultación, como con la distracción efectiva del atestado durante casi un mes de su destino propio, la falta de actividad policial para completar supuestamente las que faltaban por hacer como ampliatorias, y el disimulo de tal actividad mediante la constatación del falso destino en los libros oficiales,..

  CUARTO.- Queda por último motivar brevemente el hecho de que la juicio oral haya de hacerse frente a todos los imputados.

  Poca duda cabe con respecto JORDI BASCOMPTE RIQUELME que primero recoge materialmei1te el atestado y lo desvía de su curso remitiéndolo al Juzgado de Guardia y tomándolo en su poder Otro tanta especto a XAVIER CREUS AROLA pues en el mismo folio cinco consta que asume la tarea de instructor por diligencia de traspaso y 1 17-2-97, folio 66, y no como el mismo manifestó en los primeros días marzo, ,concretamente el DIA 3-3-97, coincidiendo, según su versión, la recepción del atestado con el requerimiento de entrega por parte del Juzgado... por último también ha de quedar encartado el tercero de los imputados, IOAN UNIO GRACIA, pues, aunque ni funciones instructoras con respecto a dicho atestado.... si que tuvo :conocimiento del incidente que motivo su formulacion y de las vicisitudes por las pasaba, habiendo dado rdenes de que se tomara el tiempo necesario para la practica de las diligencias ampliatorias que se estimase precisas, diligencias que, como hemos dejado constancia, nunca existieron...

  LA SALA ACUERDA Siendo ponente el limo. Sr. Magistrado D. ADOLFO GARCIA MORALES, ESTIMAR el recurso de apelación interpuesto por la representación de CAT-ME contra el auto dictado en fecha 1 de febrero de 2001 por el instrucción m, 1 de Blanes, de que este rollo dimana, REVOCANDO resolución, dejando in efecto el archivo por sobreseimiento libre de las y ordenando al instructor que realice los trámites oportunos para decretar la apertura del juicio oral contra los tres imputados por el delito que venia siendo objeto de investigación, sin hacer expresa Imposición de las costas de esta alzada Así lo acuerdan v firman